PROCEDIMIENTO Y POLÍTICA PARA LA PREVENCIÓN, ATENCIÓN Y ACTUACIÓN FRENTE AL PRESUNTO ACOSO LABORAL
FECHA: 04-09-2026
SMART LIFE S.A.S., comprometida con la protección de la dignidad humana, el respeto, la sana convivencia y la promoción de ambientes de trabajo seguros y saludables, establece la presente Política de Prevención del Acoso Laboral, como parte integral de su Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST).
SMART LIFE S.A.S. rechaza y no tolera ninguna conducta constitutiva de acoso laboral, así como cualquier comportamiento de violencia, hostigamiento, maltrato, discriminación, persecución, entorpecimiento, inequidad o desprotección laboral que afecte la dignidad, integridad, salud, libertad o condiciones de trabajo de las personas.
La organización se compromete a desarrollar acciones de prevención, sensibilización, identificación y atención oportuna de las situaciones que puedan afectar la convivencia laboral, promoviendo relaciones basadas en el respeto, la comunicación asertiva, la igualdad, la dignidad humana y la solución adecuada de los conflictos.
SMART LIFE S.A.S. garantizará que las quejas o situaciones relacionadas con presunto acoso laboral sean atendidas de manera confidencial, imparcial, respetuosa y oportuna, garantizando el debido proceso, la no revictimización y la protección frente a posibles represalias, de acuerdo con las competencias establecidas para cada instancia.
La organización fortalecerá el Comité de Convivencia Laboral y demás responsables definidos dentro del SG-SST, promoviendo su participación en las acciones preventivas, educativas y de seguimiento relacionadas con la convivencia laboral, conforme a la normativa vigente.
Todos los trabajadores y demás personas vinculadas con SMART LIFE S.A.S. tienen el compromiso de mantener relaciones laborales respetuosas, abstenerse de realizar conductas de acoso laboral y participar activamente en las estrategias de prevención y promoción de ambientes de trabajo saludables.
La presente política será divulgada a todas las personas comprendidas dentro de su alcance y será revisada y actualizada cuando se presenten cambios normativos, resultados de seguimiento, necesidades de la organización u oportunidades de mejora.
Esta política se establece en cumplimiento de la Ley 1010 de 2006, la Ley 2466 de 2025, la Resolución 3461 de 2025 y demás disposiciones legales vigentes y aplicables en materia de prevención del acoso laboral, convivencia laboral y Seguridad y Salud en el Trabajo.
SMART LIFE S.A.S. reafirma su compromiso con la construcción de un entorno laboral basado en el respeto, la dignidad, la igualdad, la confianza y la tolerancia cero frente al acoso laboral.
Andrés Bonilla del Castillo
Representante Legal