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Smart Life

POLÍTICA DE PREVENCIÓN DEL CONSUMO DE TABACO, ALCOHOL, AEROSOLES, VAPEADOR Y SUSTANCIAS PSICOACTIVAS

FECHA: 09/07/2026

En SMART LIFE S.A.S. estamos comprometidos con la protección de la vida, la salud, la seguridad, el bienestar físico y mental de nuestros trabajadores y con la promoción de ambientes de trabajo seguros, saludables y libres de factores que puedan afectar el desempeño laboral, la productividad y la integridad de las personas.

En desarrollo de nuestro Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) y en cumplimiento de la legislación colombiana vigente, la organización promueve estilos de vida saludables y establece acciones de prevención frente al consumo de alcohol, sustancias psicoactivas (SPA), tabaco, cigarrillos electrónicos, vapeadores, aerosoles y cualquier otra sustancia que pueda alterar las capacidades físicas, mentales o psicomotoras de las personas.

Por lo anterior, SMART LIFE S.A.S. establece los siguientes lineamientos:

  1. Prohíbe el consumo, posesión, distribución, comercialización o suministro de bebidas alcohólicas, sustancias psicoactivas ilícitas o cualquier otra sustancia que altere las capacidades físicas, mentales o psicomotoras dentro de las instalaciones de la empresa, durante la jornada laboral o mientras se desarrollen actividades en representación de SMART LIFE S.A.S.
  2. Prohíbe presentarse o permanecer en el trabajo bajo los efectos del alcohol, sustancias psicoactivas, drogas ilícitas o cualquier otra sustancia que afecte la capacidad para desempeñar las funciones de forma segura, eficiente y responsable.
  3. Prohíbe fumar o utilizar productos derivados del tabaco, cigarrillos electrónicos, vapeadores, dispositivos electrónicos de administración de nicotina, aerosoles o cualquier sistema similar dentro de las instalaciones de la empresa, vehículos corporativos o en cualquier lugar donde se ejecuten actividades laborales en representación de SMART LIFE S.A.S., salvo en las zonas expresamente autorizadas cuando existan.
  4. Exige que todo trabajador informe oportunamente, de manera confidencial, cuando por prescripción médica se encuentre utilizando medicamentos que puedan generar somnolencia, disminución de reflejos, alteraciones de la conciencia o cualquier condición que pueda representar un riesgo para la seguridad y salud propia o de terceros durante el desarrollo de sus actividades laborales.
  5. Promueve la prevención del consumo de alcohol, sustancias psicoactivas, tabaco y demás sustancias mediante programas de promoción de la salud, prevención, capacitación, sensibilización y fortalecimiento de estilos de vida saludables.
  6. Garantiza que cualquier actuación relacionada con esta política será desarrollada con respeto por la dignidad humana, la confidencialidad de la información, el debido proceso, la protección de datos personales y la no discriminación.
  7. Podrá implementar, cuando la identificación de peligros y la valoración de riesgos así lo justifiquen y de conformidad con la normatividad vigente, pruebas para la detección de alcohol o sustancias psicoactivas dentro de los programas de vigilancia de la salud o de las evaluaciones médicas ocupacionales, respetando en todo momento los derechos fundamentales de los trabajadores, la confidencialidad de la información y los procedimientos establecidos por la normatividad.
  8. Promueve la participación activa de todos los trabajadores en las actividades de prevención, sensibilización y promoción de hábitos de vida saludable, fomentando una cultura de autocuidado y corresponsabilidad en la protección de la seguridad y salud en el trabajo.
  9. Aplica esta política a todos los trabajadores, aprendices, contratistas, subcontratistas, proveedores, visitantes y cualquier persona que desarrolle actividades en representación de SMART LIFE S.A.S., independientemente de la modalidad de contratación o del lugar donde se ejecuten las labores.
  10. Establece que el incumplimiento de las disposiciones contenidas en la presente política dará lugar a la aplicación de las medidas disciplinarias previstas en el Reglamento Interno de Trabajo, los contratos suscritos y la legislación laboral vigente, garantizando siempre el debido proceso y el derecho de defensa.

SMART LIFE S.A.S. reafirma su compromiso con la mejora continua del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, el fortalecimiento de una cultura preventiva y el cumplimiento de la normatividad vigente, promoviendo ambientes laborales seguros, saludables, respetuosos y libres de los riesgos derivados del consumo de alcohol, sustancias psicoactivas, tabaco, cigarrillos electrónicos, vapeadores y demás sustancias que puedan comprometer la seguridad y la salud de las personas.

La presente política será divulgada a todos los trabajadores y demás partes interesadas, será revisada periódicamente y permanecerá vigente hasta que sea modificada o sustituida por una nueva versión.

Fecha de actualización: 09 de julio de 2026.

Andrés Bonilla del Castillo
Representante Legal